Junta de Propietarios de Edificios

  

La Junta de Propietarios se encuentra conformada por todos los propietarios de un Edificio ya sea de multifamiliar o comercial. La Junta de propietarios deberá contar un Reglamento Interno conforme a la Ley 27157. 

 

El Reglamento Interno es otorgado por el constructor del Edificio o propietario del terreno sobre el que se edificó el Edificio Multifamiliar.

 

Cuando se independiza e inscribe en Registros Públicos cada unidad inmobiliaria, es decir, departamentos, oficina, depósito o estacionamiento, también deberá inscribirse el Reglamento Interno. 

 

El Reglamento Interno, es un documento constituido por una serie de normas que regirán la convivencia entre los propietarios del Edificio. 

 

Pudiendo los propietarios elegir a su Junta Directiva e inscribirla  ante los Registros Públicos, estando debidamente representada la Junta de Propietarios podrá demandar ante el Poder Judicial a los inquilinos morosos y/o regularizar alguna ampliación edificada sin Licencia de Obra.

 

 

Asimismo, podrán hacer la modificación del Reglamento Interno con respecto a clausulas que se ciñan más a realidad de la convivencia en el Edificio.

 

En resumen, el Reglamento Interno es la norma a la que serán sometidos todos los propietarios y poseedores (inquilinos) en un Edificio.